martes, 12 de abril de 2011

LOS PLANES DE PENSIONES

Un plan de pensiones es una modalidad de ahorro a largo plazo, complementaria a las coberturas de la Seguridad Social española. Son instrumentos de previsión libre y voluntaria, creadas a favor de un beneficiario y basadas en una serie de aportaciones económicas que redituarán en futuras prestaciones a sus participantes. Estos aportes a su vez serán invertidos por medio de un fondo de pensiones. Los planes de pensiones establecen obligaciones y derechos entre sus partes y están regulados mediante un contrato. Estos planes se pueden catalogar de varias formas, dependiendo de diferentes metodologías de clasificaciones.



Los sujetos involucrados en los planes de pensiones son principalmente el promotor, los partícipes (clientes del plan), los partícipes en suspenso y los beneficiarios del plan. A continuación se ofrece información más detallada sobre cada uno de ellos:
  • Promotor: Cualquier entidad financiera, empresa, asociación, corporación, sindicato, colectivo o grupo que cree o partícipe en el desarrollo de un plan de pensiones. Forma parte de la Comisión Promotora y de Control del Plan. Estos órganos se encargan de crear y supervisar el funcionamiento del plan de pensiones.
  • Partícipes: Son las personas físicas para las que se crea el plan de pensiones. Normalmente, también son los que contribuyen mediante sus aportaciones al desarrollo del plan. Forman parte de la Comisión de Control.
  • Partícipes en suspenso: Son las personas que han dejado de realizar aportaciones, pero que mantienen sus derechos consolidados en el plan de pensiones.
  • Beneficiarios: Son tanto los partícipes como aquellas personas, que sin necesidad de ser partícipes, reciben las prestaciones del plan.
Además, los planes de pensiones ofrecen multitud de ventajas para todos aquellos que deseen invertir parte de su dinero, aunque siempre hay que ser precabido y analizar cuál será el que mejores beneficios le ofrece según sus caracteristicas y exigencias. Las principales ventajas son:
  •             Deducibilidad de las aportaciones en la base imponible del IRPF (Impuesto a la Renta sobre las Personas Físicas).
  •        No es obligatorio realizar aportaciones.
  •        Control de las inversiones por parte de los propios partícipes.
  •        Aportaciones flexibles y con la posibilidad de domiciliarlas.
  •        Liquidez para determinadas contingencias: enfermedad grave y desempleo prolongado.
  •        Capitalización positiva del ahorro y obtención de prestaciones con valores actuales superiores a la inflación.

Entre las características principales que posee un plan de pensiones, hemos querido destacar las tres más importantes: es de creación libre y voluntaria, se trata de un complemento a las pensiones públicas, posee tutela administrativa por parte del Estado español.

      El Estado ejerce una función de vigilante y trata de salvaguardar que se cumplan las normas establecidas en relación al plan. No obstante, un plan de pensiones nace de la iniciativa privada, por lo que el Estado únicamente puede actuar de inspector, pero no podrá obligar de ningún modo a que se cumplan las condiciones pactadas entre el promotor y los partícipes o beneficiarios.
  • Está sujeto al principio de no discriminación
     Tienen derecho a suscribir un plan de pensiones todas las personas que reúnan las condiciones necesarias para formar parte del acuerdo contractual. En lo relacionado a planes de pensiones individuales, se refiere a cualquier persona física que quiera y pueda establecer este contrato de forma libre y voluntaria.

     En lo relativo a planes de pensiones de empleo, todos los empleados con dos o más años de antigüedad pueden acogerse al plan. En algunos casos un plan puede estipular el acceso con una antigüedad inferior a dos años. En lo referente a planes de pensiones asociados, todos los asociados de un colectivo pueden acceder al plan con los mismos derechos y bajo las mismas condiciones, salvo que el plan se desarrolle en conformidad con las distintas aportaciones que los socios hayan realizado.
  • Posee igualdad de condiciones y derechos de los partícipes
  • Las prestaciones se calculan en conformidad a sistemas de capitalización financiera y actuariales

    Un sistema financiero es un conjunto de relaciones matemáticas que sirven de base para calcular el equilibrio existente entre las aportaciones y prestaciones de un plan de pensiones.  De esta forma se tienen los siguientes tipos de capitalizaciones financieras:

    • Capitalización financiera: Sistema de capitalización en el que sólo se consideran los rendimientos de las aportaciones realizadas o que se vayan a realizar.
    • Capitalización actuarial: Sistema de capitalización en el que no sólo se consideran los rendimientos de las aportaciones realizadas o que se vayan a realizar, sino también factores estadísticos como puede ser la esperanza de vida y la edad de los partícipes, por nombrar algunos.
  • Las aportaciones realizadas por el promotor son irrevocables
  • Posee derechos consolidados
            Son los derechos económicos que proceden de las aportaciones, más el rendimiento obtenido, menos los gastos generados. Cabe destacar que estos no pueden ser caso de embargo, al menos hasta que se ejecuten las prestaciones. Están Integrados en un fondo de pensiones, que es el lugar donde se ingresan las aportaciones económicas, para generar futuros rendimientos que serán devueltos en forma de prestaciones. Poseen una Comisión de Control del Plan que vigila el desarrollo del plan de pensiones.

La siguiente tabla ilustra el sistema de pensiones según sus diferentes modalidades. Estas modalidades dependerán del tipo de promotor, de los partícipes, los tipos de aportaciones y los tipos de planes según sus obligaciones contempladas.

Modalidades
Promotor
Partícipes
Aportaciones
Tipo de plan
Sistema de empleo
Empresa
Empleados
Empresa yempleados
- Aportación definida

- Prestación definida

- Plan mixto
Sistema asociado
Sindicato o colectivo
Asociados
Partícipes
- Aportación definida

- Prestación definida

- Plan mixto


Sistema individual

Entidad financiera
Cualquiera
Partícipes
- Aportación definida
























          Se pueden realizar varios tipos de clasificaciones en los planes de pensiones dependiendo del término que se considere relevante. De esta forma se tiene las siguientes modalidades de planes de pensiones:

Según la relación entre los partícipes del plan:

  • Sistema asociado.
  • Sistema de empleo.
  • Sistema individual.
Según las obligaciones contempladas en un plan:
  • Plan de aportación definida.
  • Plan de prestación definida.
  • Plan mixto.
Según el promotor:
  • Sistema de empleo.
  • Sistema de asociado.
  • Sistema individual.




No hay comentarios:

Publicar un comentario